02/07/2021
Estimados asociados, informamos las nuevas medidas de convivencia relacionadas con la actividad de mini mercados, ante la Segunda Ola COVID-19, dispuestas por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, reflejadas en Resol. 255/2021.
Estas medidas entraron en vigencia desde las 00 horas del día 02/07, y se mantendrán hasta el 09/07 inclusive.
1) Mini mercados habilitados como gastronómicos, rigen las normativas establecidas para dicha actividad:
Horarios de funcionamiento desde el 2 de julio al 09 de julio inclusive:
- los días 2,3,8 y 9 de julio de 2021 entre las 6 y las 23 horas.
- los días 4 a 7 de julio inclusive entre las 6 y las 19 horas.
Fuera de ese horario podrán realizar actividad en las modalidades de reparto a domicilio y de retiro, siempre que esta última se realice en locales de cercanía.
MUY IMPORTANTE: Es la habilitación municipal la que define la naturaleza gastronómica o no de los mini mercados.
2) Mini mercados NO habilitados como gastronómicos, rigen las normativas establecidas para el COMERCIO MINORISTA DE VENTA DE MERCADERÍAS:
No hubo modificaciones: La actividad del comercio minorista de venta de mercaderías, con atención al público en los locales, podrá extenderse todos los días de la semana hasta las 19.00 hs, cumplimentando las reglas generales de conducta, prevención y los protocolos establecidos.
Ante cualquier consulta, no duden en comunicarse con nosotros a través de nuestros medios institucionales de comunicación, ya que nuestras oficinas permanecerán cerradas
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