22/05/2021
El Gobierno nacional lanzó la segunda edición del programa de asistencia para el
pago de salarios (el REPRO II en realidad se creó en Nov 2020 por resol 938
del MTSS. Fue sufriendo algunas modificaciones desde entonces, para los
distintos meses) al que se podrá inscribirse desde el 26 de mayo y hasta el 1
de junio.
Requisitos para recibir el beneficio:
1) La inscripción comenzará hoy 26 de mayo y durará hasta el 1º de junio.
2) El monto máximo del beneficio es de $22.000 por relación laboral para los
empleadores encuadrados en los sectores críticos y salud, aunque varía
según el sector en que la empresa desarrolle sus actividades:
• Afectados no críticos: hasta $ 9.000;
• Críticos: hasta $ 12.000 (por disposición transitoria serán $ 22.000);
• Sector salud: hasta $ 22.000.
3) Para aquellos trabajadores que perciban una remuneración inferior a dicho
valor, el tope del beneficio a percibir será del 83% de la remuneración total.
Las estaciones de servicio y lubricentros son incorporadas como nuevo
sector crítico para recibir el Repro 2 y los garajes y playas de
estacionamiento como afectado no crítico.
Requisitos para monotributistas y autónomos para recibir el Repro 2
• Contar con al menos dos aportes en los últimos seis meses en el régimen
de monotributo y/o autónomo.
Presentar una reducción de la facturación mayor al 20% en términos
reales, entre mayo de 2019 y del 1° al 24° de mayo de 2021. (salvo que el
inicio de actividades hay sido en fecha posterior al 1/1/19)
Si fueran empleadores, deberán además contar con no más de 5
trabajadores, presenta un índice de liquidez (activo corriente/pasivo
corriente) no superior al fijado por el Comité de Evaluación del programa)
y no figurar en el Registro Público de empleadores con sanciones
laborales(REPSAL)
Beneficios para las empresas de los sectores críticos
• Por Decreto 323/2021, se oficializó la reducción del 100%, hasta el 31 de
diciembre de 2021 inclusive, de las contribuciones patronales que se
destinen al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) para los
empleadores que accedan al beneficio otorgado por el “Programa REPRO
II” y que encuadren en los sectores críticos.
• Requerimiento de información limitada a dos indicadores, facturación y
liquidez corriente.
• Se exime de la obligación de presentar balance.
Para evaluar la variación de la facturación, se comparan todos los días de mayo
de 2019 contra los primeros 24 días de mayo de 2021.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social notificará a las empleadoras y
los empleadores las novedades respecto a su incorporación al Programa a través
de una ventanilla electrónica del sitio web de la AFIP.
Aclaraciones:
La información a proporcionar al completar la planilla, respecto a la consideración
de la facturación será por los períodos abril de 2019 y 2021 información que es
para todos los sectores (sean críticos, o no críticos). Esta información debe ser
presentada por todos y este es el criterio de selección (RESOLUCIÓN MTEySS Nº
267/2021).
Además, los sectores considerados críticos deberán presentar la información
adicional de facturación por el periodo comprendido entre el 1° y el 24 de mayo de
2021 y mayo de 2019 y debe presentar en este último periodo una reducción
superior al VEINTE POR CIENTO (20%) en términos reales. El Comité de
Evaluación y Monitoreo del Programa REPRO II expresará en términos nominales
la variación real definida en este apartado (RESOLUCIÓN MTEySS Nº 266/2021).
Abril 2021, será es mes para determinar la nómina de personal y los salarios de
referencia.
Ver resolucion completa AQUÍ
Para anotarte podes hacerlo ingresando al siguiente
link: https://www.argentina.gob.ar/servicio/solicitar-repro-2
Correo electrónico: consultasrepro2@trabajo.gob.ar
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