14/08/2020

Nueva moratoria

EL CONGRESO NACIONAL CONVIRTIÓ EN LEY LA MORATORIA


Los principales puntos de la nueva normativa, son:


• Se incluirán las deudas previsionales, impositivas y aduaneras vencidas hasta el 31 de julio. 


• Se establece el plazo hasta el 31 de octubre para inscribirse en la moratoria.


• La primera cuota vencerá el 16/11/2020


• En aquellos casos en que sea rechazado el acogimiento condicional por no haberse obtenido el certificado MiPyME y deba ser reformulado el plan, la primera cuota vencerá el 16/12/2020.


• Las deudas previsionales se podrán pagar en un plazo de entre 48 y 60 cuotas.


• Las obligaciones tributarias se podrán abonar en 96 o 120 cuotas


• La tasa de interés del plan de pago en cuotas será del 2% mensual hasta enero de 2021 y luego se aplicará una tasa variable.


• Se eliminó el artículo 14 que habilitaba al Poder Ejecutivo a prorrogar la moratoria


• Las empresas grandes en los próximos 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas


• Se establece un premio a los cumplidores y, en el caso del monotributo, una condonación del componente impositivo de 6 cuotas para las categorías A y B.


• En caso de las categorías C y D será de 5 cuotas mensuales y consecutivas


• En las Categorías E y F será de 4 cuotas mensuales, en las Categorías G Y será de 3 cuotas mensuales, y en las I, J, K será 2 cuotas mensuales.


• En ningún caso el límite del beneficio podrá superar los $17.500


• Habrá un descuento del 15% para quienes paguen al contado


• La caducidad de la moratoria será por falta de pago de 3 cuotas para grandes empresas y de 6 cuotas para MiPyMES


Ver ley de Moratoria completa AQUÍ 


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