10/06/2020
Se amplía por el plazo de 180 días a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto 34/19, y en consecuencia durante la vigencia del presente decreto, en caso de despido sin justa causa, el trabajador afectado tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización.
Por otra parte, el mismo no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 34/2019, así como tampoco al Sector Público Nacional definido por el artículo 8° de la Ley N° 24.156.
Notas de opinión
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