16/08/2019

Acerca del DNU 566/2019

A continuación compartimos el comunicado de la Confederación de Entidades del Comercio de Hidrocarburos y Afines en torno al decreto de necesidad y urgencia 566/2019 sobre el congelamiento del precio de los combustibles publicado hoy en el Boletín Oficial.

El congelamiento de precios por 90 días es tomado positivamente por la Confederación a los efectos de dar la tranquilidad al público usuario que durante dicho plazo serán mantenidos los precios en el surtidor que estaban vigentes al 09/08/2019. El efecto de esta medida, necesariamente debe complementarse con la provisión adecuada de combustibles a las EESS cuyos proveedores habituales deben cumplimentar lo establecido por el articulado del DNU de referencia. Seguramente deberán pasar unos días hasta tanto el mercado vaya acomodándose a esta nueva coyuntura, y desde luego que aparecerán inquietudes/reclamos que deberán ser resueltos responsablemente con la participación de todos los factores que intervienen directa o indirectamente en la comercialización de los combustibles. El DNU entre sus considerandos hace referencia a la Ley 26.741/2012, precisando que toma como base de sustento el inciso g) del art. 3°: la protección de los intereses de los consumidores relacionados con el precio, calidad y disponibilidad de los derivados de hidrocarburos, protección que desde la Confederación consideramos indubitables y que para ello debemos anoticiar al SGE cualquier anomalía que se detecte, fundamentalmente en la disponibilidad. Si bien es comentado por los medios, el DNU no menciona la Ley de Abastecimiento 20.680/74, pero sabemos que es una herramienta de sanción vigente para los casos que no se cumpla precisamente las mismas prerrogativas citadas para los consumidores, o sea precio, calidad y disponibilidad de los combustibles, que deben ser entregados por nuestros habituales proveedores. El congelamiento para ser efectivo debe comprender toda la cadena desde la extracción hasta la comercialización, cualesquiera sean los proveedores y sobre ello trabajaremos con la SGE, para que se respete esta premisa fundamental.

La Comisión Directiva de Faeni.


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